Cómo denunciar a tu empleador si no te realiza los aportes

La AFIP brinda la posibilidad a los empleados en relación de dependencia de consultar sus aportes jubilatorios por medio de su página web así como también realizar una denuncia si empleador no realiza los aportes correspondientes

Legales17/11/2024LUJAN365LUJAN365
aportes

Según informaron desde la AFIP, el trabajador afectado puede formular la denuncia personalmente en cualquiera de las agencias y distritos de AFIP-DGI del país, independientemente del domicilio del empleado denunciante o del empleador denunciado. AFIP resguardará el anonimato del denunciante.

Si el trabajador hubiera fallecido, la denuncia podrá realizarla su viuda/viudo, sus herederos, o derechohabientes, quienes deberán acompañar además fotocopia del certificado de defunción del titular y toda otra documentación que acredite el vínculo.

Denunciar al empleador que no le realiza los aportes es un derecho del trabajador y un deber ciudadano porque el empleo no registrado genera exclusión social y abusos laborales, desfinanciamiento de la seguridad social y desprotección del trabajador y su grupo familiar frente a enfermedades, accidentes, su jubilación o su muerte.

EL TRABAJADOR AL RADICAR LA DENUNCIA DEBE DESCRIBIR
El trabajador denunciante debe describir con detalle al funcionario que lo atienda:

1) El período total trabajado en la empresa y en qué lapso se produjo la falta de aportes.

2) Descripción en forma clara y concreta de los hechos denunciados y cualquier otro dato que sea de interés a los fines de la investigación.

ANTES DE CONCURRIR A REALIZAR LA DENUNCIA
Si no conoce su número de CUIL, envíe un mensaje de texto gratuito al 2347 con la palabra “ CUIL ”, espacio, el número de documento (sin puntos), espacio, DU, espacio, y la letra correspondiente al sexo (“ F ” para Femenino o “ M ” para Masculino). Ejemplo de un SMS: CUIL 11111111 DU F (enviado al 2347)

Consulte el sistema “Trabajo en blanco” para confirmar si su empleador lo ha registrado. Además puede consultar el sistema “Aportes en línea” para conocer en qué meses su empleador no le realizó sus aportes.

CONCURRA PERSONALMENTE CON TODA LA PRUEBA QUE PUEDA REUNIR
Llegada esta instancia, el trabajador deberá aportar los siguientes elementos que prueben su denuncia:

1) Su D.N.I. en original y fotocopia. Si es “DNI Libreta” fotocopia de la 1° y 2° hoja y del cambio de domicilio, si lo hubiera. NO SE ACEPTARÁ CÉDULA DE IDENTIDAD. Los extranjeros que aún no posean documento argentino deberán presentar constancia de “D.N.I. en trámite” y Constancia de “CUIL Provisorio”. En todos los casos el D.N.I. y su fotocopia debe estar en buen estado, permitiendo distinguir claramente sus datos. Es aconsejable que el domicilio se encuentre actualizado para que pueda recibir copia de la resolución sobre su denuncia.

2) Listado de aportes emitido por la UDAI de ANSeS actualizado y exhibir recibos de haberes de los períodos en los que no se hayan depositado los aportes.


ADEMÁS PUEDE APORTAR TESTIGOS Y OTRA DOCUMENTACIÓN
En caso de no poseer los recibos de haberes de algún período de la relación laboral deberá presentar al menos dos (2) testigos que acrediten dicho vínculo, con D.N.I., CUIT o CUIL y constancia documental que acredite la relación.

Además, si ya no trabaja en el lugar, puede aportar Certificado de Servicios, telegrama de despido, carta documento, telegrama laboral Ley 23.789 enviado a la AFIP según artículo 11 de la Ley 24.013, acuerdo conciliatorio homologado que reconozca hechos y derechos, sentencia judicial firme en juicios laborales (originales y copias) o similares.

DESPUÉS PODRÁ CONSULTAR GRATIS EL AVANCE DEL TRÁMITE DE SU DENUNCIA POR FALTA DE APORTES
AFIP le ofrece un servicio gratuito a los trabajadores en relación de dependencia que presentaron una denuncia tipo "Z" para consultar en tiempo real el avance en las distintas etapas por las que transita su Denuncia hasta su resolución. Para acceder al mismo desde la página web, el denunciante debe contar con su número de CUIL, su Clave Fiscal y el Número de trámite que le entregaron al radicar la denuncia.

Falsas denuncias: La falsa denuncia o utilización de documentos falsos o adulterados hará incurrir al denunciante en la comisión de delitos previstos por el Código Penal, los que contemplan penas de prisión de hasta 6 años (Artículos 172 y 173 incisos 7° y 8°, 174, 292 y 296 del Código Penal de la Nación)

SI NO POSEE ELEMENTOS DE PRUEBA O NO ENCUADRA EN FALTA DE APORTES
Las denuncias que no cumplan con la totalidad de los requisitos exigidos por la normativa vigente, no recibirán el tratamiento establecido en el artículo 13, inc. a), punto 3 de la Ley 24.241 y sus modificaciones, sin perjuicio de su trámite como una denuncia previsional simple.

Tampoco recibirán este tratamiento las presentaciones realizadas por personas que concurran a desconocer la existencia de una relación laboral con un determinado empleador (inclusión de su CUIL erróneamente en la nómina de un empleador que no conoce).

DÓNDE PUEDE REALIZARSE LA DENUNCIA

1) Telefónicamente, comunicándose al Centro de Atención de Denuncias al 0800-999-2347 (AFIP), de lunes a viernes de 10.00 a 16.00 hs.

2) Dirigiéndose personalmente a cualquiera de las dependencias de AFIP-DGI. Este tipo de denuncias puede ser radicada en cualquier dependencia AFIP-DGI del país independientemente del domicilio del trabajador o del denunciado.

Para más información y consultas el Estudio Jurídico Bustos y Asociados puede asesorarte de manera personal. El teléfono de contacto es el 263 434-3766

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