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El Concejo Deliberante de la Municipalidad de Maipú, con el aval y apoyo del intendente Matías Stevanato, sancionó una ordenanza en donde establece los requisitos para poder ejercer un cargo dentro del Municipio. Además, agregó la obligatoriedad de un examen toxicológico y un apto psicológico.
La normativa rige sobre los funcionarios públicos con cargos no electivos, con el objetivo de reforzar los criterios de idoneidad, transparencia y compromiso con la sociedad maipucina. Según la ordenanza, quedarán excluidas de ocupar cargos aquellas personas que tengan procesamiento por delitos de lesa humanidad, genocidio u otras violaciones graves a los derechos humanos; las personas que se encuentren excluídas del padrón electoral; los funcionarios permanentes del Poder Judicial; y quienes tengan condenas penales firmes por delitos dolosos, ya sean federales u ordinarios.
La ordenanza también establece que todo ciudadano designado para un cargo no electivo deberá presentar, previo a asumir y renovar cada dos años, una serie de requisitos como certificado de antecedentes penales, apto psicológico, examen toxicológico, constancia de no figurar en el registro de deudores alimentarios, libre deuda municipal y haber completado la capacitación obligatoria en Ley Micaela.
“Desde el Municipio debemos ser ejemplo para la sociedad, es por eso que acompañamos esta iniciativa del Concejo Deliberante para que todos los funcionarios sepan que los maipucinos y maipucinas les exigimos que sean totalmente conscientes del rol que están cumpliendo”, señaló el intendente Matías Stevanato.
En caso de que un funcionario no presente la documentación exigida o no apruebe los exámenes requeridos, el Ejecutivo municipal procederá a su remoción inmediata, garantizando el debido proceso administrativo y el derecho a defensa.
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