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Playas de estacionamiento: ¿se puede reclamar por robos en vehículos?
Defensa del Consumidor especificó cuáles son los derechos de los conductores y las obligaciones de los encargados.
Consejos 16/02/2021 Luján 365Frente al crecimiento del parque automotor de la provincia y la necesidad de resguardar los bienes de las personas, la Dirección de Defensa del Consumidor (DDC) recordó que las playas de estacionamiento deben responsabilizarse por la seguridad de los vehículos.
Se trate de autos, motos como así también de bicicletas, los encargados y propietarios de playas de estacionamiento públicas y privadas tienen que responder por eventuales daños que se produzcan en esos rodados, considerando que es base y sentido del servicio que prestan en forma gratuita o paga.
En este sentido, debe remarcarse que los encargados y propietarios no pueden excluirse de la responsabilidad de guarda o custodia de los vehículos, ni limitarse en el cumplimiento de la misma, teniendo que restituir a los usuarios esos rodados en idénticas condiciones en las que se los dejó.
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Legislación aplicable
“Quienes presten servicios de cualquier naturaleza están obligados a respetar los términos, plazos, condiciones, modalidades, reservas y demás circunstancias conforme a las cuales hayan sido ofrecidos, publicitados o convenidos", sostiene el artículo 19 de la ley 24240.
Sin embargo la responsabilidad por hurto o robo de objetos dejados en el interior de los vehículos solo es exigible cuando el servicio de estacionamiento es pago, conforme los términos del Código Civil y Comercial de la Nación.
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Sugerencias para los usuarios
- Al ingresar a la playa de estacionamiento, solicitar y conservar el ticket del turno o constancia de acceso al lugar.
- Usar los servicios de playas habilitadas, no así espacios circunstancialmente disponibles para tal finalidad, donde no habrá responsables de la adecuada conservación de los bienes.
- En caso de haberse producido un daño en el vehículo o el robo del mismo, deberá formalizarse la denuncia policial, junto con el registro del hecho en el Libro de quejas de la playa de estacionamiento.
- Si hubiera ocurrido el robo de elementos del interior del vehículo, en estacionamiento pago, el consumidor deberá aportar para una denuncia la evidencia de tales objetos (factura reciente de compra u otra que permita corroborar esa situación).
Por denuncias de esta índole, comunicarse con la DDC por una de estas vías:
148 opción 3 (telefónicamente, lunes a viernes en horario de 8 a 15)
[email protected]
App 148 Mendoza
www.mendoza.gov.ar/consultas/
FUENTE: EL SOL ON LINE
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