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Las tarifas y precios de servicios públicos para usuarios residenciales no podrán aumentar en mayor medida que el índice establecido por la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), según el proyecto de ley presentado por el diputado sanjuanino José Luis Gioja.
Argentina20/04/2021El diputado del Frente de Todos, José Luis Gioja, presentó un proyecto de ley para que las tarifas de los servicios públicos solo puedan incrementarse de acuerdo al aumento de sueldo promedio establecido por la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE).
La iniciativa diseñada por el diputado sanjuanino fue respaldada también por sus pares del Frente de Todos Pablo Carro, Blanca Osuna, Esteban Bogdanich, Mario Leito, Ariel Rauschenberger, Carolina Yutrovic, Liliana Schwindt y Alcira Figueroa.
El proyecto, además, declara la emergencia pública en materia energética hasta el 31 de diciembre de 2022 y faculta al Gobierno nacional a renegociar los contratos y licencias de prestación de servicios públicos.
El articulado dado a conocer establece que las tarifas y precios de servicios públicos de competencia nacional serán justas, razonables y transparentes, con el fin de proteger los derechos de usuarios y consumidores, y promover el desarrollo económico.
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A lo largo de la iniciativa se fija que las tarifas y precios de servicios públicos para usuarios residenciales no podrán aumentar en mayor medida que el índice establecido por la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) acumulado desde la fecha de la última modificación o revisión tarifaria.
Esta medida no alcanzará a los usuarios del servicio de gas o electricidad que se encuentre en las categorías más altas y con mayor consumo.
También establece que las tarifas de servicios públicos de las micro y pymes, cooperativas de trabajo o empresas recuperadas que se encuentran inscriptas en el Instituto Nacional de Economía podrán aumentar de acuerdo al Índice de Precios Internos al Mayor (IPIM).
El proyecto también instituye el Régimen de Equidad Tarifaria Federal, que deberá "evitar desproporciones y asimetrías en la aplicación de tarifas y de costos, de jurisdicción nacional, que impactan negativamente en el desarrollo de regiones del país o en la calidad de vida de las personas que en ellas habitan"
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En ese sentido, las tarifas y costos por servicios e insumos deberán contemplar el impacto de las condiciones climáticas de cada provincia, su nivel de desarrollo económico, y la situación socioeconómica.
También se crea el Régimen nacional y universal de beneficiarios de la tarifa social de servicios públicos, que estará destinado a jubilados, pensionados, o trabajadores en relación de dependencia que cobren hasta tres remuneraciones mínimas. Finalmente, incluirá a los usuarios del Monotributo Social, a las empleadas de casas particulares, y a los beneficiarios de pensiones no contributivas que perciban ingresos que no superen los tres haberes mínimos y de planes sociales.
FUENTE: MDZ ON LINE
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