
Se trata de tres adultos y dos menores de edad cuyos casos corresponden a un clúster de transmisión intrafamiliar, es decir que se produjeron en un entorno de convivencia.
A través de una nueva resolución, la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial, mediante la Dirección de Recursos Naturales Renovables, autoridad de aplicación en materia de pesca deportiva, dio comienzo a la actividad, remarcando los requisitos que debe cumplir todo pescador para poder ejercerla:
Contar con la Licencia de Pesca vigente expedida por la Dirección de Recursos Naturales Renovables (DRNR).
Cumplir y hacer cumplir la Ley Provincial 4428 de Pesca Deportiva.
Descargar el Reglamento General de Pesca en: www.mendoza.gov.ar/ambiente donde podrá consultar ambientes habilitados, modalidades y sacrificios permitidos.
Limpiar y desinfectartodos los elementos de pesca (antes y después de una jornada) para evitar el ingreso del alga Invasora Didymo.
No utilizar carnada natural.
Recordar a la hora de manipular un pez: mojarse las manos antes de tomar al pez, evitar tocar ojos y agallas, no sacarlo del agua más allá de 20 o 30 segundos y evitar maniobras bruscas, golpes o apretarlo muy fuerte.
Luego de las jornadas de pesca, dejar intactas las zonas naturales regresando a los hogares con sus propios residuos.
Queda prohibido la captura, tenencia y transporte durante todo el año de bagres, crustáceos (cangrejos) y anguilas criollas.
“Nuevamente este año, la resolución hace expreso hincapié en la necesidad de implementar exhaustivamente las medidas de higiene preventivas para evitar la propagación del alga exótica invasora Didymo. Tenemos un protocolo de desinfección en tres pasos que hacemos cumplir a los pescadores”, explicó el director de Recursos Naturales, Sebastián Melchor.
La nueva resolución de pesca en su artículo 14 dispone que la desinfección de 3 pasos consiste primero en remover restos de barro, arena, plantas y algas de la ropa, calzado, embarcaciones y equipos de pesca. Luego, lavar con detergente o sumergir en lavandina al 2 % durante dos minutos o en agua a 60º C durante una hora o sumergir en agua con sal al 5% durante media hora. Por último, secar al aire y al sol el calzado, ropa y equipos durante 48 horas.
Las fechas y lugares asignados según las distintas especies son las que se detallan a continuación:
Salmónidos (trucha marrón, arco iris y fontinalis): se habilita desde el 1 de noviembre del 2023 al 1 de mayo de 2024, sin límite de tamaño.
En los embalses Agua del Toro, Los Reyunos y Valle Grande se habilita desde el 1 de diciembre de 2023, hasta el 1 de mayo de 2024 sin límite de tamaño.
Pejerrey (patagónico y bonaerense): Desde el 1 de diciembre de 2023, hasta el 30 de septiembre de 2024, inclusive.
En el embalse Valle Grande, la pesca los fines de semana y feriados hasta el 1 de diciembre de 2024, inclusive.
Percas: Desde el 1 de diciembre de 2023, hasta el 30 de septiembre de 2024, inclusive.
Queda vedado el embalse El Carrizal para la pesca de perca.
Carpas y dientudos: Todo el año.
Mojarras: Todo el año.
Por otra parte, según esta última resolución, los ambientes vedados a la pesca son:
En Malargüe:
CUENCA DEL RÍO ATUEL: Arroyos La Manga, Blanco, Malo, Bayo, Colorado, Los Arroyos y Las Lágrimas.
CUENCA DEL RÍO SALADO: Laguna de La Niña Encantada y Pozo de las Ánimas.
CUENCA DEL RÍO MALARGÜE: Arroyos: Colorado, Pincheira, Buta Mallin, El Serrucho, La Mina y Margüira.
CUENCA DEL RÍO GRANDE: Arroyos: Los Patos, La Vaina, Montañecito, El Seguro, La Totora, El Yeso, Invernada del Viejo, Mallines, El Manzano, Mechanquil y Calmuco, El Molle y La Varilla, Matancilla y afluentes.
POZOS DE CARAPACHO
LAGUNA DE LLANCANELO
En San Rafael:
LAGUNA LA SALINA
En Tunuyán:
La regulación de la pesca en los arroyos Pircas y Grande de la Quebrada, quedará sujeta a las restricciones que disponga la Dirección de Recursos Naturales Renovables, dentro del marco de acciones que se implementen por el alga invasora Didymosphenia geminata.
RÍO TUNUYÁN: Desde el puente del Alto Verde hasta la entrada del embalse El Carrizal.
Se trata de tres adultos y dos menores de edad cuyos casos corresponden a un clúster de transmisión intrafamiliar, es decir que se produjeron en un entorno de convivencia.
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