
Es una acción que va de la mano con una ordenanza muy cuestionada en la municipalidad de Alta Gracia. "Se trata de una medida ejemplificadora", manifestó el secretario General del municipio, Roberto Urreta.
La Dirección de Defensa del Consumidor (DDC) recuerda a la comunidad que la vigilancia del sistema privado de prestaciones de salud -que engloba a las empresas de medicina prepaga-, recae sobre la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS), organismo nacional que cuenta con una delegación en Mendoza.
Y, en lo referente a la relación de consumo que se establece entre prestador y usuario, también tienen competencia legal las Direcciones provinciales de Defensa del Consumidor, considerando que esas empresas son prestadoras profesionales de servicios destinados a usuarios finales y, por tanto, se encuentran obligadas a respetar la legislación pertinente: ley provincial 5.547 y ley nacional 24.240, junto con las resoluciones complementarias.
TE PUEDE INTERESAR
PMO y otras prestaciones
Las empresas de medicina prepaga, entre otros agentes de la salud, deben asegurar a los beneficiarios que, mediante sus propios servicios o a través de efectores contratados, se garanticen las prestaciones de prevención, diagnóstico y tratamiento médico y odontológico, establecidos en el PMO (Programa Médico Obligatorio).
En concreto, el PMO es un conjunto de prestaciones básicas que todos los agentes de la salud deben cubrir de manera obligatoria, sin importar cuál sea el tipo de plan que posea el beneficiario o afiliado.
Es decir, todas las prestaciones incluidas en el PMO deben ser otorgadas por la prepaga, de manera obligatoria y desde el momento de la afiliación; y la empresa prestadora del servicio no tiene permitido exigir copago alguno, a excepción de los casos específicos en los que la SSS así lo indique o permita.
TE PUEDE INTERESAR
Acerca de las ‘carencias’ y enfermedades preexistentes
Es oportuno señalar, por un lado, que los contratos con empresas de medicina prepaga no pueden incluir periodos de carencia o espera para las prestaciones incluidas en el PMO. Ese acceso progresivo a la cobertura solo podrá establecerse para prestaciones superadoras o complementarias del PMO y deberán estar además lo suficientemente explicitadas y autorizadas por la SSS.
Y, por el otro, destacar que las enfermedades preexistentes no pueden ser criterio de rechazo de admisión de los usuarios. Sin embargo, la SSS puede autorizar valores diferenciales, debidamente justificados para la admisión de los mismos.
Franjas etarias
Según la franja etaria (edad de los usuarios), se pueden establecer diferenciaciones en el costo para los planes prestacionales al momento de contratar, con una variación máxima de tres veces el precio de la primera y última franja.
No obstante ello, es necesario apuntar que la edad tampoco puede ser considerada como supuesto de rechazo para la admisión de la persona al sistema de cobertura de esa prepaga.
TE PUEDE INTERESAR
¿Puede la empresa aumentar la cuota sin autorización de la SSS?
No, sin la debida autorización de este organismo nacional, la empresa debe mantener el mismo valor de la cuota más reciente.
Si contara con la autorización, deberá suministrar esa evidencia al usuario y notificar con 30 días de antelación la variación de la próxima cuota.
Información y reclamos
De acuerdo con la información que publica la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS), las consultas y reclamos pueden gestionarse por vía del centro de atención virtual.
En caso de una denuncia ante la DDC, por incumplimiento de la empresa en sus prestaciones del PMO o aquellas informadas en cartilla, emplear estas vías de contacto:
148 opción 3 (telefónicamente)
[email protected]
App 148 Mendoza
www.mendoza.gov.ar/consultas/
Es una acción que va de la mano con una ordenanza muy cuestionada en la municipalidad de Alta Gracia. "Se trata de una medida ejemplificadora", manifestó el secretario General del municipio, Roberto Urreta.
Desde la institución hicieron sus apreciaciones en su cuenta de Twitter.
Ante la confirmación de dos nuevos casos de sarampión en Argentina, se recomienda a la población verificar en el carnet de vacunación el registro de al menos dos dosis de vacuna contra el sarampión (doble o triple viral) y consultar inmediatamente ante la presencia de fiebre y exantema.
En la nota presentamos toda la oferta de lomos existente en nuestro departamento. Usá el mapa interactivo, elegí el que más te guste y ¡buen provecho!
La solución que te mostramos hace que sea fácil y accesible aventurarse en la minería de criptomonedas. Mirá cómo hacer
Conocé el particular sistema que podría llevarlo a la victoria, aunque la última palabra la tiene la "suerte"
Se hizo un estudio en el que quedó claro que los animales son mucho más amistosos y simpáticos cuando oyen un tono afectuoso. Click en la foto para conocer más
El sábado 26 de abril se disputará en Ciudad el torneo de penales más esperado del año: 32 equipos competirán por la gloria.