
La capacitación, que es gratuita, busca fortalecer las capacidades institucionales y promover la accesibilidad en el trabajo comunitario.
El subcomisario del REPRIV, Octavio Canassa, explicó que a partir del 2020, aunque la Ley provincial 6954 establezca que se puede comercializar en establecimientos para tales fines, todos los departamentos provinciales han prohibido la venta y uso de pirotecnia en sus jurisdicciones y por normativas propias.
Canassa aseguró que ya con estas ordenanzas de los 18 municipios, el siguiente paso es la aprobación de una nueva ley a nivel provincial que prohíba directamente la venta.
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En este sentido, quienes sean detectados incumpliendo la ordenanza de los municipios serán sancionados. Las multas oscilan entre los $16.000 y los $26.000. Mientras que en caso de ser reincidentes va desde $36.000 y $53.000.
Por otro lado, el subcomisario manifestó que las ordenanzas también prohíben el uso, lo que suele ser más difícil de controlar dado que se da en espacios privados.
Desde 2016, el Ministerio de Seguridad viene realizando acciones para llegar al objetivo de “Pirotecnia 0” en todo el territorio mendocino.
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Entre estas medidas que se adoptaron en los últimos años, se prohibió la venta de fuego de artificio en los stands de material metálico, ubicados en playas de supermercados e hipermercados.
También se prohibió anexar la venta de pirotecnia a un comercio de otro rubro.
La capacitación, que es gratuita, busca fortalecer las capacidades institucionales y promover la accesibilidad en el trabajo comunitario.
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