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La falta de capacitación en Perspectiva y Violencia de Género está acumulando demandas contra el Estado por sumas millonarias.
Opinión04/12/2020 Carolina Jacky
En esta semana la Municipalidad de San Martín fue condenada al pago de $1.200.000 por el maltrato y discriminación de la que fueron objeto 4 mujeres empleadas de ese Departamento de la Provincia de Mendoza.
Este importe más sus intereses y costas será soportado en definitiva por los contribuyentes.
En este año también ha sido condenado el Ministerio de Seguridad, quien acumula varias demandas por violencia de género contra su personal femenino, algunas de ellas ya tiene que empezar a pagar.
También el Hospital Lagomaggiore ha sido condenado por violencia obstétrica y se le está ejecutando la sentencia.
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El Poder Judicial tampoco es ajeno a esta realidad.
Actualmente hay una jueza del fuero civil, dos jueces de familia, un Ministro de un Tribunal Oral Colegiado y un Ministro de la Corte con procesos civiles por violencia de género relacionados a su labor. En todos estos casos ha existido falta de capacitación.
El Poder Judicial en esos casos suma casi 100 millones de pesos que se reclaman en esas demandas.
Están en proceso otras demandas donde falta determinar responsabilidades de algunos magistrados de distintos fueros, todos por no aplicar las normas convencionales y la ley 26.485.
La Ley Micaela brilla por su ausencia.
Las capacitaciones no llegan a quienes debe llegar y no pasan de ser un BIRI BIRI para hacer política y mirarse el ombligo.
Hace unos días la Suprema corte de Justicia de Mendoza, Sala Penal, dicto una sentencia que en su parte resolutiva ordenó remitir compulsa al Ministerio Público Fiscal y a la Sala Administrativa de la propia Corte a fin de que tomen debida nota de los considerandos expresados en la sentencia en relación a la falta de perspectiva de género de los magistrados actuantes.
También ordenó a los Colegios de Abogados de la Provincia de Mendoza a que se encarguen de capacitar a sus matriculados en esta materia. En derecho existe una frase que dice: "a confesión de parte relevo de prueba".
Actualmente el Colegio de Abogados tiene dos demandas en su contra por incumplimiento y violación a la Ley de Violencia de Género, en una de ellas comparte responsabilidad con el Gobierno de la Provincia de Mendoza, ambas millonarias.
Estamos en el 2020, hace más de 10 años de la promulgación de la Ley 26.485 y a casi dos años de la sanción de la Ley Micaela. A la fecha se observa que aquellos que están en los lugares de decisión se encuentran faltos de capacitación en perspectiva y violencia de género.
En honor a la verdad, en estos 10 años, algunos magistrados han avanzado en las buenas prácticas en relación a este nuevo derecho, pero sin dudas esto no alcanza, y así lo ha dicho la Suprema Corte de Justicia de Mendoza.
Todavía las víctimas padecen sobre el acceso a la justicia.
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Si un profesional especialista en la materia tiene dificultades para acceder, ¿Qué les queda a las víctimas?. No todos están dispuestos a demandar a magistrados, denunciarlos penalmente y reclamarles por daños y perjuicios.
La Ley 26.485 expresamente habilita la acción contra funcionarios o magistrados. La Corte Interamericana de Derechos Humanos en algunas de sus sentencias ha ordenado a los Estados iniciar acciones contra los magistrados intervinientes.
Hoy no hay excusas si no te has capacitado en la materia SOS RESPONSABLE. Las víctimas necesitan ser acompañadas en sus trámites, como la ley lo establece.
Las víctimas están solas, se las ve solas, y es necesario que cada una tenga a su lado una persona de su confianza para que las acompañe y también pueda servir de testigo para poder denunciar a quienes no cumplen con la ley.

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