
La capacitación, que es gratuita, busca fortalecer las capacidades institucionales y promover la accesibilidad en el trabajo comunitario.
La Dirección de Defensa del Consumidor, dependiente del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia de Mendoza, informa a los consumidores sobre la obligación del proveedor (comercio/empresa/entidad) de respetar todas las condiciones establecidas en la publicidad de una oferta de un producto o servicio, cuando es realizada públicamente con destino a consumidores indeterminados.
Si bien no es frecuente, ocurre que la persona concurre al lugar de la oferta y advierte que esta ha sido retirada o que el producto ya no se encuentra disponible o las condiciones de compra variaron sin aviso previo. Además de la molestia que eso genera, se trata de un presunto incumplimiento de la ley y, por lo tanto, amerita el reclamo del consumidor interesado en la compra y de la intervención del organismo público competente para sancionar esa conducta, si fuera el caso.
¿Qué dice la ley textualmente?
La Ley Nacional 24240 de Defensa del Consumidor, en su artículo 7 señala lo siguiente:
“La oferta dirigida a consumidores potenciales indeterminados obliga a quien la emite durante el tiempo en que se realice, debiendo contener la fecha precisa de comienzo y de finalización, así como también sus modalidades, condiciones o limitaciones.
“La revocación de la oferta hecha pública es eficaz una vez que haya sido difundida por medios similares a los empleados para hacerla conocer.
“La no efectivización de la oferta será considerada negativa o restricción injustificada de venta, pasible de las sanciones previstas en el artículo 47 de esta ley”.
¿Cómo reclamar un incumplimiento?
Libro de quejas. Asentar el hecho, aportando sus datos básicos de contacto personal.
Correo electrónico: [email protected]
Formulario web haciendo click aquí . A través del correo electrónico y formulario web, se creará un ticket único de denuncia para el seguimiento.
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