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El municipio de General Pueyrredon, puso en vigencia el fin de semana la ordenanza número 20.104 que determina la prohibición de fumar tabaco en determinados espacios se amplía a las playas concesionadas de Mar del Plata, una política que apunta a cambiar un hábito insalubre que comparten muchos veraneantes y también reducir la contaminación.
La norma que se modificó en diciembre de 2022 pasado y a través de la sanción de la Ordenanza 25.845, prevé una aplicación gradual y establece que el gobierno municipal a cargo de Guillermo Montenegro deberá elaborar "un plan de acción para la aplicación gradual de la normativa en las playas públicas, desarrollando acciones tendientes a alcanzar con la misma a la totalidad de las playas públicas del distrito".
De este modo, se amplían los espacios donde rige la prohibición de fumar, según la Ordenanza 20.104 sancionada en 2010.
Hasta el momento, allí se contemplaban, por un lado, a los espacios públicos donde existan áreas de juegos para niños, circuitos aeróbicos o deportivos y, por el otro, a los espacios cerrados con acceso público, que abarca a lugares de trabajo, salas de juegos, teatros, comercios, shoppings y cines, entre otros.
A esa nómina ahora se incorporará un tercer grupo, las Unidades Turísticas Fiscales administradas por el Estado municipal, concesiones de prestación de servicios turísticos otorgados por otras jurisdicciones (por ejemplo, el Complejo de Punta Mogotes) y balnearios del sector privado.
La normativa habilita que el Ejecutivo amplíe la prohibición a las playas públicas, decisión que hasta el momento no se tomó.
De tal modo a partir de este verano las playas alcanzadas tendrán que disponer de espacios libre de humo de tabaco "debidamente señalizados" con el cartel de "Prohibido Fumar" y "espacios adecuados para fumadores", en los cuales deberá haber recipientes para arrojar las colillas de cigarrillos.
La ordenanza que regirá en las playas de Mar del Plata desde este verano también prevé multas aunque recién serán aplicables a partir del tercer año de vigencia, es decir a fines de 2025.
Quienes corrompan la norma serán pasibles de una multa del 0,15 al 1,5 % en relación a 100 salarios mínimos del personal municipal.
FUENTE: TELEFE
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