El Gobierno prorrogó el cierre de fronteras hasta el 28 de febrero

A través del Boletín Oficial, el Gobierno oficializó la medida con el objetivo de evitar la llegada a la Argentina de las nuevas cepas del COVID-19.

Argentina02/02/2021Luján 365Luján 365
Aeropuerto-Mendoza

El Gobierno prorrogó ayer el cierre de fronteras hasta el 28 de febrero. De esta manera, los extranjeros no residentes no podrán ingresar a la Argentina. La medida se publicó que se publicó en el Boletín Oficial tiene como objetivo retrasar o evitar el avance de la pandemia de coronavirus COVID-19 en el país. De esta manera, todas las vías de acceso al país, por vía aérea, marítima y terrestres estarán cerradas a los extranjeros no residentes.

La Decisión Administrativa 44 que se publicó hoy lleva la firma del jefe de Gabinete Santiago Cafiero y de los ministros del Interior y Salud, Eduardo “Wado” de Pedro y Ginés Mario González García. Además, la Administración Nacional de Aviación Civil (Anac) “mantendrá la suspensión de las autorizaciones y permisos que se hubieran dispuesto relativas a las operaciones de transporte aéreo de pasajeros y pasajeras en vuelos directos que tengan como origen o destino el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte”.

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A su vez, las medidas se control se agudizarán en los vuelos que llegan de los Estados Unidos, México, Europa y Brasil. El Gobierno recomendó “a los nacionales o extranjeros residentes en el país, y, en particular, a los mayores de 60 años de edad o a personas pertenecientes a los grupos en riesgo definidos por la autoridad sanitaria, diferir sus viajes al exterior, cuando los mismos no respondieran al desarrollo de actividades esenciales”.

Según el documento, los gobernadores y el jefe de gobierno porteño podrán solicitarle a Cafiero que se hagan excepciones a la prohibición de ingreso de personas al país dado que el jefe de ministros actuará como “coordinador de la ‘Unidad de Coordinación General del Plan Integral para la Prevención de Eventos de Salud Pública de Importancia Internacional'”. Estas salvedades podrán hacerse “a los fines del desarrollo de actividades que se encuentren autorizadas o para las que se solicita autorización”.

FUENTE: RADIO MITRE

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