25 de noviembre, día Naranja

Ante una nueva conmemoración del Día Internacional de lucha contra la violencia hacia las mujeres, declarado Día Naranja por Naciones Unidas, nos lleva a preguntarnos, ¿dónde están las víctimas”

Opinión 25/11/2020 Luján 365 Luján 365
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¿Dónde están esas mujeres discriminadas, víctimas de violencia en los distintos tipos y modalidades?

¿Dónde están esas mujeres que peregrinan ante los Tribunales de Familia pidiendo por alimentos para sus hijos o para ellas?

¿Dónde están y quienes las están acompañando?

Solitarias se las ve haciendo cola para ser atendidas o no sabiendo como denunciar a través de una Internet que no tienen.

Ahí, desprotegidas están sin el patrocinio jurídico gratuito que el Estado debería brindarles y siempre les prometió.

Desprotegidas están cuando hacen una denuncia penal y carecen de una persona que las asista para seguir y controlar la causa penal, ya sea como querellante o por los propios derechos que tiene como víctima.
Mientras esto sucede “el susodicho”, el “HDP” (hijo del patriarcado) ya tiene un defensor oficial.

¿DONDE ESTÁN LAS VÍCTIMAS?
Mientras muchas nos sacamos la foto, participamos en algún Zoom, posteamos en las redes alusiones al 25N, mientras convocamos a marchas, hacemos declaraciones, y hasta esta misma nota… Muchas víctimas están indefensas, sin recursos para evitar la discriminación y la violencia, sin nadie que las acompañe, LAS VÍCTIMAS ESTÁN SOLAS.

Hace unos días la Suprema Corte de la Provincia de Mendoza dictó una sentencia de la que muchos opinaron a favor o en contra.

La Corte declaró la nulidad de una sentencia que condenaba a una mujer, la que durante el proceso se la juzgo como “mala madre”.

La causa, “QUERELLANTE Y F. C/ ZURITA ABREGO JESUS M. Y ALCARAZ PEREZ MARÍA FERNANDA P/ ABUSO SEXUAL AGRAVADO (40710/18) (40710) P/ RECURSO EXTRAORDINARIO DE CASACIÓN”, tuvo trascendencia pública.

En un día como hoy es importante destacar lo que dijo la Corte después de declarar la nulidad de la sentencia contra María Fernanda Alcaraz Pérez, la supuesta “mala madre”.

Así en los puntos 3 y 4 de la sentencia dijo: “3.- Extraer compulsa de las partes pertinentes de las actuaciones, así como de la presente resolución y remitirlas a la Procuración General y a Sala Administrativa de esta Suprema Corte de Justicia, a sus efectos. 4.- Invitar a los Colegios de Abogados de la provincia y a la Defensoría General de la provincia a promover instancias de capacitación sobre estrategias de defensas penales desde perspectiva de género”.

Si, a más de 10 años del dictado de la Ley 26.485 la Corte de Mendoza manda al jefe de los Fiscales y a la Sala Administrativa de la propia Corte compulsa de las actuaciones haciendo hincapié en la necesidad de CAPACITAR a funcionarios y magistrados.

También invita al Colegio de Abogados de Mendoza a capacitar en perspectiva de género a sus matriculados, lo que también recomienda a la Defensoría General.

Ni los abogados, ni el Poder Judicial están debidamente capacitados… y ¿Dónde están las víctimas?

Si en las universidades no existe la cátedra de Perspectiva y Violencia de Género, y si nuestros profesionales no estudian esta materia, no esperemos que las víctimas tengan protección.

¿Se destina un presupuesto para políticas públicas en esta materia, y la pregunta que debemos hacernos es si ese presupuesto está bien invertido o solo sirve para hacer política partidaria y tener sueldos de privilegio?

Cuánto de este presupuesto realmente ayuda a las víctimas o permite que estas sean ayudadas con eficiencia. Parece que estamos calentando sillas en los tres poderes del Estado, pero también en las Universidades. Parece que vivimos mirándonos el ombligo, hablando entre nosotras, compitiendo para ver quién es más feminista, mientras las víctimas esperan, y esperan.

¿Qué hacemos, por favor, qué hacemos?
Levantamos banderas sin saber lo que hacemos. Se habla de despenalizar el aborto, pero nadie te dijo que el aborto ya está despenalizado por la Convención CEDAW y la de BELEM DO PARA, que en virtud de esas dos Convenciones que forman parte de la Constitución Nacional el artículo del Código Penal que penaliza el aborto ES INCONSTITUCIONAL, y esto no es semántica como una vez dijo el Directorio del Colegio de Abogados.

Me pregunto por qué nadie ha acompañado a una mujer a abortar planteando la inconstitucionalidad.

¿Por qué cuando se ha perseguido penalmente a una mujer por un aborto no se declaró la inconstitucionalidad?
Parece que da más resultado la venta de pañuelos celestes y verdes, sin duda ganan los fundamentalismos y la grieta, pero no el derecho y menos LAS VÍCTIMAS.

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