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Durante diciembre, a los trabajadores de empresas privadas y del sector público les corresponde recibir el segundo pago del sueldo anual complementario (SAC), más conocido como aguinaldo.
Este pago del aguinaldo, según lo dispuesto por la Ley 27.073, debe ser abonado cada año en dos cuotas: la primera con vencimiento en junio y la segunda con vencimiento en diciembre. El pago del aguinaldo de diciembre se debe cobrar antes del 18 de este mes, que este año cae viernes.
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El monto del aguinaldo se calcula como el 50 % de la mayor remuneración mensual y sobre "todo concepto" —se incluye sueldo básico, horas extras y otros plus que se hayan cobrado— dentro del último semestre.
Aguinaldo: cómo calcularlo y cuál es la fecha límite de cobro
La fecha del 18 de diciembre como límite para el cobro del aguinaldo se estableció en 2015, cuando se sancionó la Ley 27.073, impulsada por el entonces senador Eugenio "Nito" Artaza.
Hasta ese momento, la Ley de Contrato de Trabajo preveía que el pago del aguinaldo se podía hacer efectivo hasta el 31 de diciembre.
En el caso de los trabajadores que tienen menos de un año de antigüedad, el aguinaldo se liquida de manera proporcional al tiempo trabajado en cada semestre.
Para estimar el cálculo del aguinaldo se puede tomar la mitad del mejor sueldo dividido por 6 y multiplicarlo por la cantidad de meses trabajados.
O también multiplicar el tiempo trabajado en el semestre por la mitad de la mayor remuneración mensual y dividir el resultado por seis. En el caso del personal de casas particulares, los empleadores deben abonar el aguinaldo durante diciembre y también se calcula tomando el 50% del mejor sueldo del último semestre.
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Un ejemplo práctico:
Para un sueldo de $30.000 de un trabajador con más de 6 meses en la empresa, se hace el siguiente cálculo:
(30.000 / 12) x 6 = $15.000.
En este caso, el sueldo anual complementario es $15.000.
Si la prestación de servicios es inferior a los seis meses, el aguinaldo deberá liquidarse en forma proporcional a los meses trabajados.
Por ejemplo, si se trabajó solo cuatro de los últimos seis meses, corresponderá como aguinaldo el 66,67% (cuatro meses sobre seis) del 50% del mejor sueldo de los últimos cuatro meses.
La obligatoriedad del pago del aguinaldo en la Argentina se estableció a partir de 1945 durante el Gobierno de facto de Edelmiro Farrell. En ese momento, se estableció un décimo tercer sueldo (de carácter complementario- aguinaldo) que se hizo efectivo por primera vez a partir del 31 de diciembre de ese año.
FUENTE: IPROFESIONAL
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