¿Cómo pedir la devolución del 35% extra por la compra de dólares?

La AFIP detalló cómo será el mecanismo para quienes ya pagan el impuesto a las Ganancias, o Bienes Personales, y para quienes no lo hacen.

Argentina 16/09/2020 Luján 365 Luján 365
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Según informó Diario Los Andes, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) detalló los trámites que deberán realizar quienes paguen el 35% extra por la compra de dólares, o pago de servicios de Streaming, o compras con tarjetas de crédito al exterior, a fin de solicitar el reintegro.

Para quienes ya abonan Ganancias, la deducción se hará de igual manera que con el resto de sus pagos, tales como el alquiler, seguros de vida, o pago del servicio doméstico, pero la AFIP debió detallar, qué harán quienes no son contribuyentes en la actualidad ni de Ganancias, ni de Bienes Personales.

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En el artículo 2 de la Resolución General 4815/2020, se explica que “los sujetos a quienes se les hubieran practicado las percepciones establecidas en la presente, que no sean contribuyentes del impuesto a las ganancias o, en su caso, del impuesto sobre los bienes personales, y que, consecuentemente, se encuentren imposibilitados de computar las aludidas percepciones, podrán solicitar la devolución del gravamen percibido una vez finalizado el año calendario en el cual se efectuó la percepción”.

Es decir que a partir de ahora, todo el que pague un servicio como Netflix, realice una compra en alguna página extranjera con su tarjeta de crédito, o compre su cupo mensual de dólares (u$s200) y quiera solicitar el reintegro deberá contar con:

-Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT).

-Contar con “Clave Fiscal”.

- Informar a la Administración Federal la Clave Bancaria Uniforme (CBU) su cuenta bancaria.

Asimismo, quienes precisan ser atendidos en las Dependencias del Organismo para tramitar ambas claves, deberán solicitar un turno web, en el Sistema de Gestión de Atención Institucional disponible en el sitio de AFIP.

Una vez que se cuente con todas las claves requeridas, se podrá ingresar al micrositio que se habilitará en www.afip.gob.ar y seleccionar las percepciones que se hubieran efectuado durante el año, e ingresar las que no figuraban (subir los comprobantes, extractos bancarios, resúmenes de la tarjeta, etc.)

FUENTE: LOS ANDES

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