Suspenden ejecuciones contra deudores hipotecarios hasta diciembre de 2020

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Mendoza 30/12/2019 Luján 365 Luján 365
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Muchos deudores hipotecarios en Mendoza van a comenzar el nuevo año más aliviados tras hacerse oficial una decisión: al menos hasta el próximo 31 de diciembre del 2020 se suspenden las ejecuciones de sentencias por ese tipo de compromisos.

Así lo establece la nueva ley provincial 9207, sobre "las deudas hipotecarias, cuyos titulares estén comprendidos por el artículo 2 de la Ley N° 8.182". Asimismo, la norma contempla que los deudores "no están obligados a la realización de ningún trámite administrativo ante el Poder Ejecutivo o Judicial mientras el primero lleva adelante las labores que le encomendara (la 8.182), ni la ausencia de ellos tomada como abuso o dilación mientras se sustancien las causas".

Se trata de la segunda iniciativa en el último año. En diciembre de 2018 la Legislatura había aprobado otra similar, que difirió las sentencias hasta finales del 2019 en contemplación de que "a partir de la crisis del año 2001, quienes suscribieron hipotecas con objeto de vivienda única familiar se vieron imposibilitados de hacer frente a las obligaciones asumidas".

En Mendoza se habían sancionado las leyes 8.005 y 8.182 (del año 2015), que establecieron "métodos de acción y prioridad para la salvaguarda de aquellos deudores hipotecarios que, superados por razones económicas y el devenir de los juicios, así como por las difíciles circunstancias laborales imperantes, tuvieron la oportunidad de ser alcanzados con la protección debida".

La ley 8182, comprende dentro de su órbita, a los deudores hipotecarios inscriptos en el Registro elaborado por el Poder Ejecutivo, el Movimiento de Defensa de la Vivienda Familiar y la Comisión de Seguimiento de Deudores Hipotecarios creada por Decreto N° 689/05, el cual abarca a los deudores de los ex Banco de Mendoza y de Previsión Social cuyos mutuos se encuentren en poder de Seguro de Depósito S.A. (SEDESA), y a todos los deudores del sistema financiero y/o privados.

Fuente: Sitio Andino

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