A partir de ahora la AFIP va investiga tus compras con tarjeta de débito

Las entidades bancarias deben informar los gastos que realizan sus clientes con tarjetas de débito a partir de un monto mínimo de consumo

Argentina 06/02/2023 Luján 365 Luján 365
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Las tarjetas de crédito y débito son los dos medios de pago más utilizados en la actualidad. Pero, así como los bancos deben informar los depósitos a plazo fijo, acreditaciones, extracciones y saldos de las cuentas a partir de un monto mínimo, lo mismo sucede con las tarjetas de débito.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) elevó en la última actualización de $10.000 a $30.000 el monto mínimo a partir del cual las entidades financieras deben reportar los gastos acumulados durante un mes con tarjetas de débito.

Expertos aclaran que puede tratarse de una sola operación de compra por $30.000 o más, pero también los bancos deberán informar a AFIP los montos acumulados cuando igualen o superen los $30.000 mensuales mencionados. Además, en este cómputo se tienen en cuenta las tarjetas de débito del títular y las adicionales. 

Como contrapartida, no se incluyen en este total los montos de extracciones en efectivo y cualquier otro monto que no implique consumo.

En paralelo, se elevó de $30.000 a $90.000 la cifra mínima para informar las acreditaciones, extracciones, saldos de las cuentas y los depósitos a plazo fijo.

Con estas modificaciones, los bancos podrán agilizar las operaciones y a su vez, recibirán información automática y permanente de las acreditaciones mensuales, extracciones, saldos de las cuentas, los depósitos a plazo y consumos con tarjetas.

Fuente: Iprofesional 

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