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El sector industrial junto con el de logística impulsaron la demanda de personal durante los primeros meses del año en la provincia
No se podrán exhibir con fines de compraventa en veterinarias, acuarios, comercios, ferias o mercados.
Mendoza 06/06/2022 Luján 365A través de la ordenanza Nro. 3.027, el departamento de San Martín prohibió la exhibición de “animales domésticos o silvestres, autóctonos o exóticos, de cualquier especie, sexo y edad, con fines de compraventa u ofrecimiento a título oneroso o gratuito, en forma permanente o temporal”.
Según se estableció en la normativa, no se podrán exhibir en vidrieras, jaulas o análogos en veterinarias, acuarios, comercios, ferias o mercados.
“Esta iniciativa, pretende desalentar la adquisición compulsiva y la cosificación de animales de compañía y de alguna manera, la compra de animales de raza, dando de esta manera mayor prioridad a la estimulación de la adopción de animales mestizos, ya sean cachorros o adultos”, señala el texto entre sus argumentos.
Además, hace referencia a que los animales están horas en habitáculos, los cuales no le permiten un libre movimiento y al estrés que sufren por dicha exposición.
“En estos lugares, los animales terminan asimilando una función circense detrás de una vidriera para el público transeúnte o de decoración, cual objeto inanimado que entretiene a adultos y niños, admirando su belleza o cualidades sin pensar en el bienestar, la salud y el ánimo de los mismos”, aclara la normativa.
La comuna exceptuó de esto a los animales dados por las campañas de adopción promovidas o realizadas por organismos gubernamentales o por entidades protectoras.
En tanto, la ordenanza otorga un plazo de 60 días para adecuarse y también se establecen sanciones monetarias para los que no cumplan con lo dispuesto.
FUENTE: EL SOL ON LINE
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