Monotributo: cómo y quiénes deberán recategorizarse

Todos los contribuyentes inscriptos en el Régimen Simplificado tendrán tiempo hasta el 20 de julio para recategorizarse.

Economía 08/07/2020 Luján 365 Luján 365
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Los contribuyentes al Régimen Simplificado, Monotributo, tienen tiempo hasta el próximo 20 de julio para completar la recategorización ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

Los mismos deben realizar el trámite vía web y si ninguno de los parámetros estipulados cambiaron, mantendrá la categoría hasta la próxima recategorización, que esta vez será en enero de 2021.

Los parámetros que se utilizan son la facturación, superficie afectada, alquileres a pagar y/o consumos de energía durante los doce meses previos.

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Paso a paso de la recategorización

Para completar el trámite semestral, el monotributista debe ingresar a la web oficial del Monotributo, con su número de CUIT y clave fiscal.

1) Ingresar al portal web de Monotributo.

2) Indicar CUIT, clave fiscal y presionar “Aceptar”.

3) Seleccionar la opción “Recategorizarme”, (allí también se podrá observar en carácter informativo, los datos que posee este Organismo de su situación tributaria)

4) Seleccionar la opción “Continuar recategorización”.

El sistema mostrará la categoría actual y los topes de cada parámetro (facturación, superficie, energía eléctrica utilizada en el semestre previo). La AFIP sugiere revisar las escalas vigentes a fin de estar seguro qué categoría corresponde.

Allí aparecerán los datos del contribuyente con los que cuenta AFIP, desde la facturación en el período previo, la energía consumida, los alquileres pagados, así como gastos en tarjetas de débito y crédito:

Para recategorizarse el contribuyente debe presionar el botón Continuar Recategorización. Allí, se deberá informar el monto facturado en los últimos 12 meses. El sistema pregunta si se tiene o no local para desarrollo de la actividad, hay que seleccionar la opción que corresponda.

Para el caso de los contribuyentes del Régimen Simplificado que sí cuentan con local, deben consignar información correspondiente al establecimiento (energía eléctrica, superficie destinada, cuántas locaciones, alquileres pagados, locatario principal).

El sistema desplegará la categoría que le corresponde al contribuyente de acuerdo con los datos que aportó. Antes de aceptar, es necesario verificar los datos dado que este paso es el último en el que se permiten modificar la información aportada.

Una vez verificados, se confirma la categoría y el el sistema informará que la operación se hizo correctamente y en qué categoría queda el contribuyente para los próximos seis meses. Así como habilita la posibilidad de imprimir la nueva credencial.

FUENTE: RADIO MITRE

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